Arraigos

Qué es

Literalmente “arraigo” es el acto y consecuencia de echar raíces: asentarse definitivamente, en el lenguaje coloquial, el arraigo suele asociarse a la consolidación o al establecimiento de una base en algún lugar.

Arraigo para la formación

Nuevo Reglamento de Extranjería (R.D. 629/2022)

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y hayan permanecido de forma continuada durante dos años, permitiendo la obtención de una autorización para la realización de una formación, supeditando la obtención de la autorización de residencia y trabajo a la superación de esta y la presentación de un contrato de trabajo.

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Requisitos

– No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

– Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años. -A tal efecto necesita de certificado de antecedentes penales debidamente legalizado y en su caso traducido.

– No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

– No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.

– Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años previos a la solicitud de la autorización. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.

– Comprometerse a realizar una formación:

      • Reglada para el empleo o a obtener un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica o una promovida por los Servicios Públicos de Empleo.

      • O bien, en el ámbito de la formación permanente de las universidades, comprometerse a la realización de cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales, así como de otras enseñanzas propias de formación permanente.

      • A estos efectos, la matriculación deberá haberse realizado en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.

– Que se haya abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.

Arraigo social

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un periodo mínimo de tres años y cuenten con contrato o contratos de trabajo y, o bien, tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente.

El solicitante conseguirá una autorización de residencia de duración de 1 año que cuando termine podrá ser modificada.

Además de con una oferta de trabajo, el Arraigo Social se puede conseguir:

Por cuenta Propia: teniendo básicamente un proyecto empresarial y los medios para soportarlo.

Sin contrato de trabajo: contando con medios económicos propios o de un familiar conviviente.

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Arraigo laboral

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen irregularmente en España y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de seis meses por cuenta ajena o propia.

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Requisitos

– No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

– Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español. A tal efecto necesita de certificado de antecedentes penales debidamente legalizado y en su caso traducido.

– No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

– No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.

– Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.

– Poder demostrar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.

La jurisprudencia dictada por varios tribunales de toda España ha evidenciado que, si el trabajador autónomo ha trabajado por cuenta propia, al menos seis meses, habiendo permanecido en España un mínimo de dos años, podrá solicitar la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales por Arraigo Laboral.

Arraigo familiar

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder en los siguientes supuestos:

– Cuando se trate de padre o madre, o tutor de un menor de nacionalidad española, o se trate de persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad.

– Cuando se trate del cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, ascendiente mayor de 65 años o menor de 65 años a cargo, descendiente menor de 21 años o mayor de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho. Noticias importantes familiares de español. Nuevo Reglamento de Extranjería (R.D. 629/2022).

– Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

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