Diferencia entre Estancia y Residencia

Situación de Estancia

La ley indica que la estancia es la permanencia en territorio español por un período no superior a 90 días.

La principal excepción que señala la regla en este sentido son las autorizaciones con fines de estudios, intercambio de estudiantes, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.

Los extranjeros que entren en España con alguna de estas autorizaciones seguirán en régimen de estancia.

Cualquier visa o permiso de estudio no cuenta para la nacionalidad.

Residencia

Por el contrario, son residentes los extranjeros que se encuentren en España y sean titulares de un permiso de residencia.

Los residentes, en lo que a ellos respecta, pueden encontrarse en situación de residencia temporal, residencia de larga duración o residencia permanente:

 

  • RESIDENCIA TEMPORAL: la residencia temporal es la situación que te autoriza a permanecer en España por un período superior a 90 días e inferior a 5 años. Las autorizaciones con una duración inferior a 5 años podrán renovarse, a petición del interesado, atendiendo a las circunstancias que motivaron su concesión.
  • RESIDENCIA LARGA DURACIÓN: La residencia de larga duración es la situación que te autoriza a residir y trabajar en España por tiempo indefinido, en las mismas condiciones que los españoles. Tiene derecho a la residencia de larga duración en España toda persona que tenga residencia temporal en España durante 5 años ininterrumpidos, que reúna las condiciones establecidas por la ley.
  • RESIDENCIA PERMANENTE: La residencia permanente es la situación que te autoriza a residir y trabajar en España por tiempo indefinido, en las mismas condiciones que los españoles. Tiene derecho a la residencia de larga duración en España toda persona que tenga residencia temporal en España durante 5 años ininterrumpidos, que reúna las condiciones establecidas por la ley (un ejemplo típico es la renovación de la “Autorización de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión”).