Pasar de estancia a residencia

¡AHORA ES EL MOMENTO DE SOLICITAR TU CIUDADANÍA ESPAÑOLA!

¡Nueva normativa!

NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA
(R.D. 629/2022)

 

Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial.

Requisito principal: “Acreditar haber superado los estudios o haber concluido el trabajo de investigación, la formación o las prácticas con aprovechamiento”.
Se entiende que ya no es necesario esperar los 3 años como antes para poder solicitar una autorización de residencia inicial de trabajo por cuenta ajena o propia

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AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PARA BÚSQUEDA DE EMPLEO

En 2018, la llamada ley del emprendedor ha introducido: “AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PARA LA BÚSQUEDA DE EMPLEO”

Requisitos:

Haber cursado sus estudios en una Institución de Educación superior y haber alcanzado, al menos, el Nivel 6, según el Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado.

El término graduado se aplica para designar un título de educación superior obtenido al final de un curso universitario de tres a seis años, según la universidad y el país en el que se imparte. Inmediatamente después de obtener una licenciatura, se pueden realizar estudios de posgrado (principalmente maestría o maestría y doctorado).

Características de esta autorización:

No te autoriza a trabajar, pero te da la oportunidad de canjear este permiso por una “Autorización de Trabajo por Cuenta Ajena”, si el solicitante tiene una oferta de trabajo inherente a la carrera.

Quiero asesoramiento sobre “Permiso de residencia por búsqueda de empleo”

Residencia para prácticas profesionales

Se trata de una autorización que habilita a residir en España y a participar en un programa de prácticas mediante la firma de un convenio de prácticas o contrato de trabajo en prácticas con el fin de mejorar los conocimientos, la práctica y la experiencia en un entorno profesional.

En consecuencia, pueden solicitarla estudiantes extranjeros que hayan obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o que estén realizando estudios que conduzcan a la obtención de un título de educación superior.

Las prácticas a realizar podrán ser no laborales (a través de un convenio de prácticas) o laborales (a través de un contrato de trabajo en prácticas).

Se puede solicitar cuando estés estudiando o cuando ya hayas finalizado tus estudios.

Se trata de estudios universitarios, de maestría o doctorado; pero también incluye la educación superior en el campo de las exportaciones, la formación profesional de grado superior y la educación artística y plástica superior.

En concreto, el estudiante deberá haber finalizado los estudios antes mencionados en los dos últimos años, aunque aquellos que aún estén estudiando también pueden solicitar la residencia a través de un contrato en prácticas.

Estamos hablando de estudios que se pueden realizar tanto en España como fuera de España. Es decir, cualquier persona que esté estudiando en territorio español, o que lo esté haciendo, o ya lo haya hecho en su país de origen, puede solicitar esta autorización.

En el caso de encontrarse en territorio español, este estudiante deberá disponer de una autorización de estancia por estudios en el momento de la solicitud. Esta autorización se puede hacer de dos formas: a través de un contrato o a través de un convenio.

Residencia para prácticas profesionales por convenio:

Una de las posibilidades para obtener este permiso de residencia por prácticas profesionales es a través de un contrato de prácticas. Este contrato de prácticas debe celebrarse con una institución o una empresa.

Residencia para prácticas profesionales por contrato:

Otra opción es realizar un contrato de prácticas profesionales, es decir, el contrato de trabajo pleno, que está previsto en la legislación laboral. Con este contrato de trabajo trabajarás como cualquier otro empleado de la empresa o de la persona que te contrate.

Quiero una consultoría de residencia para prácticas profesionales.

¡Importante!

Después de 3 años puedes solicitar el arraigo social

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